Resolución N° 11/19/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000131
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/1/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) a la Firma MILBUS S.A., R.U.T. 216788710019, sito en la calle José Ellauri Nro. 350 local 311/312.-

Montevideo, 10 de Enero de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de artículos deportivos, sito en la calle José Ellauri Nro. 350 local 311/312, propiedad de la Firma MILBUS S.A., R.U.T. 216788710019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nro. 411/16/0114 de fecha 05/XII/2016 y Resolución Nro. 179/17/0114 de fecha 23/V/2017), habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 con fecha 22/X/2018, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas-2da. Reincidencia-) intimándosele a presentar en un plazo de 30 (treinta) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 13 (segunda reincidencia) por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626 de fecha 23/IV/84, habiendo notificando con fecha 26/XI/2018;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) a la Firma MILBUS S.A., R.U.T. 216788710019, sito en la calle José Ellauri Nro. 350 local 311/312, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal