Resolución N° 70/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001442
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/3/2017


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 45 (Unidades Reajustables cuarenta y cinco) a la Firma TEXICO S.A., R.U.T. 213435570018, responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la Iturriaga Nro. 3515.-

Montevideo, 20 de Marzo de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en la Iturriaga Nro. 3515, perteneciente a la Firma TEXICO S.A., R.U.T. 213435570018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 20/X/2016 se realiza inspección constatando que el local de obrados estaba realizando una ocupación sin autorización de mesas y sillas (con o sin entarimado);
        2o.) que en dicha inspección el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 se pudo comprobar que había una ocupación de mesas y sillas de 15 m2;
        3o.) que el día 16/XI/2016 se otorgan 30 (treinta días) para presentar la documentación necesaria para habilitar dicho uso de espacio;
        4o.) que ante el incumplimiento se solicita la aplicación de una multa de U.R. 45 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 45 (Unidades Reajustables cuarenta y cinco) a la Firma TEXICO S.A., R.U.T. 213435570018, responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la Iturriaga Nro. 3515, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal