Resolución N° 318/16/0114
Nro de Expediente:
3260-016304-13 / 2016-3260-98-000444
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/8/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma COSSIO HOBINCHET CRISTINA, CI.: 1.586.766-3; R.U.T. 210953350010 con domicilio a los efectos legales en la calle Libertad Nro. 2412.-

Montevideo, 26 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a salón de fiestas infantiles sito en la calle Libertad Nro. 2412 propiedad de la empresa COSSIO HOBINCHET CRISTINA, CI.: 1.586.766-3; R.U.T. 210953350010, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 129/16/0114 de fecha 10/III/2016), habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 del día 23/V/2016, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Regulación Alimentaria-1ra. Reincidencia-) y de la Dirección Nacional de Bomberos-1ra. Reincidencia-;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 (primera reincidencia) y otra de U.R. 15 (primera reincidencia) respectivamente, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma COSSIO HOBINCHET CRISTINA, CI.: 1.586.766-3; R.U.T. 210953350010 con domicilio a los efectos legales en la calle Libertad Nro. 2412, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal