Resolución N° 59/20/0114
Nro de Expediente:
2019-3260-98-001166
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/5/2020


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma PACHECO CAPUTTO LETICIA, C.I.: 4.275.260-3., R.U.T. 216583190013, con domicilio a los efectos legales en la calle Brito del Pino Nro. 1220 por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 27 de Mayo de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado salón de fiestas, sito en la calle Brito del Pino Nro. 1220 propiedad de la firma PACHECO CAPUTTO LETICIA, C.I.: 4.275.260-3., R.U.T. 216583190013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Regulación Alimentaria) intimándosele a presentar en un plazo de 30 (treinta) días con fecha 04/01/2020 en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84, habiéndose notificado con fecha 15/II/2020;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma PACHECO CAPUTTO LETICIA, C.I.: 4.275.260-3., R.U.T. 216583190013, con domicilio a los efectos legales en la calle Brito del Pino Nro. 1220 por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal