Resolución N° 97/14/0118
Nro de Expediente:
3350-000916-13
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/7/2014


Tema:
Multa por falta de final de tramite de demolición

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco) a la empresa cuya Razón Social es KONYTELL S.A. Nº de RUT 21.419535.0017, por no dar cumplimiento a lo intimado.-

Montevideo, 9 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de un permiso para demoler un muro en Av. Millán Nº 4523;
        RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 13, solicito se presente el final de tramite de demolición;
        2º.) que al no presentar el tramite solicitado se notifico a la empresa KONYTELL S.A. Nº de RUT: 21.419535.0017, que por el incumplimiento se le aplicaría una multa de UR 25 ( unidades reajustables veinticinco);
        3ª) que en inspecciones realizadas se constato que la demolición esta sin finalizar totalmente y que el predio se encuentra en mal estado;
        CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2º) las competencia asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL G
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco), empresa cuya Razón Social es KONYTELL S.A.Nº de RUT 21.419535.0017, por no dar cumplimiento a lo intimado.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 39/14/0118 del 19 de marzo de 2014.
        4.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente, cumplido pase al Servicio Centro Comunal Zonal N° 13.para su control y posterior archivo.-
GASTÓN SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL