Resolución N° 86/16/0118
Nro de Expediente:
0018-002841-15
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/6/2016


Tema:
MULTA POR HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de multa de U.R.7 (unidades reajustables siete con 00/100) por falta de habilitaciones municipales y otra de U.R. 10 (unidades reajustables diez con 00/100), por falta de habilitaciones de bomberos, al Sr. Walter Fernández C.I.Nº: 2.503.940-4 propietario del local destinado a barraca de leña, sito en Gambetta 1116,con igual domicilio a los efectos legales

Montevideo, 15 de Junio de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la inspección realizada en el local sito en Gambetta 1116, destinado a barraca de leña, perteneciente al Sr. Walter Fernández C.I.Nº: 2.503.940-4 por no presentar las habilitaciones correspondientes, con igual domicilio a los efectos legales;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, intimo a presentar las habilitaciones correspondientes;
      2º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;
      3º) que se notifico que se aplicaría una multa de U.R.7 (unidades reajustables siete con 00/100) por falta de habilitaciones municipales y otra de U.R. 10 (unidades reajustables diez con 00/100), por falta de habilitaciones de bomberos, según Dec. 21626;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15 del 8/7/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de multa de U.R.7 (unidades reajustables siete con 00/100) por falta de habilitaciones municipales y otra de U.R. 10 (unidades reajustables diez con 00/100), por falta de habilitaciones de bomberos, al Sr. Walter Fernández C.I.Nº: 2.503.940-4 propietario del local destinado a barraca de leña, sito en Gambetta 1116,con igual domicilio a los efectos legales. -
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Despacho del Municipio G, a efectos de realizar la notificación correspondiente y librar testimonio de Multa y al Centro Cívico Metropolitano sector Inspección General para su posterior control.-
Gaston Silva,ALCALDE.-

Wilson Dutra,CONCEJAL