Resolución N° 89/14/0118
Nro de Expediente:
3350-009243-13
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/6/2014


Tema:
COMODATO

Resumen:
Aprobar el siguiente texto:

Montevideo, 11 de Junio de 2014.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud por parte de la Comisión de Fomento Vecinal Peñarol Norte para obtener la custodia del local sito en la calle Hudson Nº 4893, para uso de la mencionada comisión;
      RESULTANDO: 1º) que con el fin de evitar futuros actos de vandalismo, el Municipio G, resolvió entregar en custodia el local, a la Comisión solicitante, mientras tanto se sustacie la firma del Comodato definitivo;
      2º) que el Abogado Asesor del Municipio G, Dr. Jorge Ache, redacto la letra del Convenio de Custodia;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.-Aprobar el siguiente texto:
POR UNA PARTE: El Gobierno Municipal “ G” representado por el Alcalde Sr. Gastón Silva

C.I.1.361.913-7 domiciliado en Castro 730. POR OTRA PARTE: La Comisión de Fomento

Vecinal Peñarol Norte, representados en esta oportunidad por su Presidente el Sr. Carlos

Andreoletti C.I. Nº 1.216.547-0, Vice-Presidente el Sr. Edison Denis C.I. Nº 1.634.457-7 y

Secretario el Sr. Juan Carlos Marlodett 1.311.769-0, según certificado Notarial que se adjunta.

PRIMERO: ANTECEDENTES: A) El local antiguo de la Comisión Fomento Peñarol Norte, sito

en la calle Hudson 4893 entre Artur García y Otto Miguel Sione, seria muy útil para las reuniones

de los vecinos y para la realización de actividades sociales, municipales y culturales. B) El cuidado

la organización y mantenimiento del mismo estará a cargo de la Comisión de Fomento Vecinal

Peñarol Norte. SEGUNDO: El Gobierno Municipal “ G “ entrega en custodia a la Comisión de Fomento Vecinal

Peñarol Norte, el local sito en la calle Hudson 4893 entre Artur García y Otto Miguel Sione hasta

tanto se sustancie la concesión definitiva del mismo.TERCERO: la Comisión de Fomento Vecinal Peñarol Norte, junto con la Comisión de Comodatos

del Municipio G, se obligan al cuidado y conservación del local entregado en custodia con toda la

diligencia del ”buen padre de familia“ y a desarrollar en el referido local exclusivamente las

actividades sociales, culturales y Municipales, coordinando con otras instituciones de la zona

interesadas en participar y llevaran actas de todas las actividades. Su funcionamiento sera regido

por el reglamento de usufructo suscrito en la fecha. CUARTO: la Comisión de Fomento Vecinal Peñarol Norte, se hará cargo de los gastos de UTE y

OSE, El Municipio “ G “ a través de la Comisión de Comodatos, controlara que este convenio se

cumpla conforme a las condiciones establecidas. QUINTO: CONDICIÓN RESOLUTORIA: ( arts 1427 , 1428 y 1430 Código Civil ) El presente

Convenio de Custodia quedara extinguido de pleno derecho : a) cuando alguna de las partes

incumpla el mismo y b) cuando se celebre el contrato definitivo respecto al local dado en custodia

SEXTO : La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de acto judicial o extrajudicial

alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos así como por la realización u omisión o

cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.

SÉPTIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las

partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este

documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su

realización. OCTAVO: Una vez celebrado el presente convenio se dará cuenta por parte del Gobierno

Municipal al consejo Vecinal y al Gobierno Departamental para su control ( literal IX articulo 24

Decreto No 33209 ).-


FORMA DE ORGANIZACIÓN – Reglamento de uso.

1 – La Comisión de Fomento Vecinal Peñarol Norte serán los encargados de tomar las decisiones y

autorizar las actividades que se soliciten realizar allí

2 - Se redactara periódicamente un inventario con los insumos que entren y salgan del espacio.

3 - Realizar gestiones coordinadas entre el Municipios G en vistas a generar acciones beneficiosas

al Salón, teniendo en cuenta la cercanía territorial y valorando la pertinencia en la participación de

los concejales vecinales y Municipales.

4 – El grupo de vecinos organizados en su totalidad deberá tener contacto telefónico de todos los

miembros de este grupo.

5 – Se deberá agendar y participar de reuniones mensuales con el fin de mantener una comunicación

fluida habilitando a la organización efectiva.

6 – En cada reunión del grupo con los Concejos Vecinales y la Comisión de Comodatos se deberá

levantar actas conformando un libro dando cuentas de las mismas.

UTILIZACIÓN

7 – Cada programa o proyecto que haga uso del salón deberá generar acuerdos previos con la

Comisión de Fomento Vecinal Peñarol Norte, tomando conocimiento del reglamento con

anterioridad.

8 – Cada programa o proyecto que haga uso del salón se hará cargo del cuidado del espacio

incluyendo limpieza, reposición roturas o perdidas de otra índole, como así también de los la

limpieza de los alrededores.

9 – En el salón, debe haber por lo menos un adulto referente siempre que haya niños, niñas y

adolescentes convocados a las actividades.

10 – El uso del salón también estará disponible los fines de semana y feriados pero se exige la

presencia de un técnico referente en la actividad.

11 – Se contara con tres juegos de llaves en manos de socios referentes con disponibilidad para

facilitar la apertura a las actividades que se realizaran, en este caso serán, el Presidente el Sr. Carlos

Andreoletti C.I. Nº 1.216.547-0, el Vice-Presidente el Sr. Edison Denis C.I. Nº 1.634.457-7 y el

Secretario el Sr. Juan Carlos Marlodett 1.311.769-0 se podrá otorgar otros juegos de llaves a programas

u organizaciones que trabajen sostenidamente en el espacio.

12 – El salón no se podrá utilizar como vivienda, si para uso de reuniones familiares, cumpleaños,

casamientos, etc.

13 – No se podrán realizar cobros por el uso del salón.

14 - Este reglamento así como ha sido planificado por la organización de vecinos, puede ser

modificado junto con la Comisión de Comodatos, cuando el colectivo determine su pertinencia.
2.-Comuníquese a Secretaria General, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación,
a Comisión de Fomento Vecinal Peñarol Norte y cursese copia a la Comisión de Comodatos del
Municipio G, a fin de realizar los controles del presente Convenio y pase a Despacho para la firma del presente
Convenio de Uso, cumplido archívese.-
GASTÓN SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL