Resolución N° 53/16/0118
Nro de Expediente:
3350-010527-10
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/4/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACIÓN BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (Unidades Reajustables cuatro con 00/100) y U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco con 00/100) al local destinado a Almacén perteneciente a Claudio Denegri C.I. No. 4.016350-9, con domicilio a los efectos legales en Avda. Millán No. 4552, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 20 de Abril de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a Almacén sito en Avda. Millán 4552 perteneciente a Claudio Denegri, C.I. No.4.016.350-9, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio de Inspección General del Municipio G se pudo comprobar que carecía de Habilitación Municipal y Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos,
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) visto las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3230/15;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL G
        RESUELVE
        1.-Aplicar una multa de U.R. 4 (Unidades Reajustables cuatro con 00/100) y U.R. 5
        (Unidades Reajustables cinco con 00/100) al local destinado a Almacén perteneciente
        a Claudio Denegri C.I. No. 4.016350-9, con domicilio a los efectos legales en
        Avda. Millán No. 4552, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada
      en el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación,
      la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes
      bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones
      y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden -
      al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente -
      y al Servicio de Inspección General de este Municipio para sus posteriores controles-
Gaston Silva,ALCALDE.-

Wilson Dutra,CONCEJAL