Resolución N° 45/19/0118
Nro de Expediente:
2018-3350-98-000075
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/3/2019


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
-Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco) por falta de higiene y otra de U.R. 4 (Unidades Reajsutables cuatro) por carecer de cerco reglamentario en el predio sito en Maria Orticochea Nº 6039, Padrón Nº 414741, perteneciente a los Sres. Hugo Guillén C.I.: 1.523.791 domiciliado a los efectos legales en Yaguarí Nº2182 y Nelson Guillén C.I.: 1.650.324.;

Montevideo, 27 de Marzo de 2019.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene y cerco reglamentario en el predio sito en Maria Orticochea Nº 6039 padrón Nº 414741 perteneciente a los Sres. Hugo Guillén C.I.: 1.523.791 con domicilio a los efectos legales en Yaguarí Nº 2182 y Nelson Guillén C.I.: 1.650.324;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Inspección General del Municipio G, intimó a los titulares de estos obrados, a realizar los trabajos necesarios para la limpieza y cerco reglamentario del terreno antes mencionado, otorgándole los plazos correspondientes bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicará una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco), por falta de higiene y otra de U.R. 4 (Unidades Reajustables cuatro) por carecer de cerco regalmentario, según lo establece el Decreto 21626 y 34134;
      2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita aplicar la multa antes mencionada;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resolución Nº 3230/15 de 08/07/2015;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO G
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco) por falta de higiene y otra de U.R. 4 (Unidades Reajsutables cuatro) por carecer de cerco reglamentario en el predio sito en Maria Orticochea Nº 6039, Padrón Nº 414741, perteneciente a los Sres. Hugo Guillén C.I.: 1.523.791 domiciliado a los efectos legales en Yaguarí Nº2182 y Nelson Guillén C.I.: 1.650.324.;
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden al Despacho de este Municipio para notificación correspondiente y al Centro Cívico Metropolitano - Inspección General para su posterior control.-
Gastón Silva, Alcalde.-

Bolivar Dutra,Concejal