Resolución N° 114/20/0118
Nro de Expediente:
2016-0018-98-000129
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/11/2020


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 37 (Unidades Reajustables treinta y siete) por falta de higiene y cerco del padron Nº 49905, sito en Gral. Maximo Santos Nº 5135, perteneciente a la Cooperativa de Empleados de Transporte Colectivo (COETC), RUT 210290450012.-

Montevideo, 4 de Noviembre de 2020.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene y cerco del padrón Nº49905, sito en Gral. Máximo Santos Nº 5135, perteneciente a la Cooperativa de Empleados de Transporte Colectivo (COETC), RUT 210290450012, con domicilio a los efectos legales en Av. 8 de Octubre Nº 3462.-;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Inspección General del Municipio G, intimó a las titulares de estos obrados, a realizar los trabajos necesarios para la limpieza y cercado del padrón antes mencionado, otorgándole los plazos correspondientes bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicará una multa de U.R. 37 (Unidades Reajustables treinta y siete), según lo establece el Decreto 21626 y 34134;
      2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, el Centro Cívico Metropolitano (Inspección General) solicita la aplicación de la multa estimada;
      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nº 3230/15 de 08/07/2015;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO G
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 37 (Unidades Reajustables treinta y siete) por falta de higiene y cerco del padrón Nº 49905, sito en Gral. Máximo Santos Nº 5135, perteneciente a la Cooperativa de Empleados de Transporte Colectivo (COETC), RUT 210290450012, con domicilio a los efectos legales en Av. 8 de Octubre Nº 3462.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en el Servicio de Gestión de Contribuyentes - Multas, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes - Multas y pase por su orden al Despacho de este Municipio para la notificación correspondiente y al Centro Cívico Metropolitano - Inspección General para su posterior control.-
Mabel Lamadrid, Alcaldesa (I) .-

Bolivar Dutra,Concejal