Resolución N° 50/14/0118
Nro de Expediente:
3340-006180-10
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/4/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACIÓN BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables Diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables Quince) al local destinado a Supermercado, cuya razón social es Parada 2 S.R.L. R.U.T. 212667900019, sito en Yegros No. 2062, con igual domicilio a los efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 2 de Abril de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a Supermercado sito en Yegros, No. 2062, R.U.T 212667900019, cuya razón social Parada 2 S.R.L., con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No.12, se pudo comprobar que carecía de Habilitación Municipal y de la dirección Nacional de Bomberos;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL G
        RESUELVE
        1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) al local destinado a Supermercado, cuya razón social es Parada 2 S.R.L. R.U.T. 212667900019, sito en Yegros No. 2062, con igual domicilio a los efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada en el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden - al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente - y al Servicio Inspección General del Municipio G, para su control.-
GASTÓN SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL