Resolución N° 53/23/0118
Nro de Expediente:
2019-3350-98-000465
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/6/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9 (unidad reajustable nueve) según el detalle de la parte expositiva, a la empresa Cobluma S.A. RUT 210389780014, con domicilio a los efectos legales en Gral. Doroteo Enciso 825, por no dar cumplimiento a lo intimado en referencia a la falta de higiene y mantenimiento del predio y cuenta, y falta de cerco reglamentario del padrón Nº 171708.

Montevideo, 7 de Junio de 2023.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene, de mantenimiento y falta de cerco reglamentario del padrón Nº 171708;
      RESULTANDO: 1º) que el Cuerpo Inspectivo del Municipio G luego de varias inspecciones e intimaciones informa que la situación continúa incambiada;
      2º) que se cursó notificación el día 05/09/2022, informando que se aplicaría una multa de U.R. 1 por falta de mantenimiento e higiene del predio, U.R. 4 por falta de higiene y mantenimiento de cuentas y U.R. 4 por carecer de cerco reglamentario, teniendo 10 días de plazo para presentar descargos;
      3º) que la empresa propietaria Cobluma S.A. RUT 210389780014; no presentó descargos dentro del plazo otorgado;
      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15 de fecha 8/7/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9 (unidad reajustable nueve) según el detalle de la parte expositiva, a la empresa Cobluma S.A. RUT 210389780014, con domicilio a los efectos legales en Gral. Doroteo Enciso 825, por no dar cumplimiento a lo intimado en referencia a la falta de higiene y mantenimiento del predio y cuenta, y falta de cerco reglamentario del padrón Nº 171708.
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en el Servicio de Gestión de Contribuyentes - Multas, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes - Multas, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13 y pase al Sector Notificaciones de este Municipio para la notificación correspondiente.-
Leticia de Torres, Alcaldesa.-

Daniel Gil,Concejal