Resolución N° 95/19/0118
Nro de Expediente:
2016-1131-98-000027
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/6/2019


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
-Aplicar una multa de U.R. 37 (Unidades Reajustables treinta y siete) por la falta de higiene en el padrón Nº 17495 sito Cno. Gral. Máximo Santos Nº 5481, a Adminstración KINERET S.R.L R.U.T 216631630014, con domicilio a los efectos legales, en Av. Brasil 2860 Bis, por los motivos mencionados en la parte expositiva de la presente resolución.

Montevideo, 12 de Junio de 2019.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene en el padrón Nº 17495, sito en Cno. General Máximo Santos Nº 5481 , cuyo responsable es la Administración KINERET S.R.L. R.U.T Nº 2166316330014 con domicilio a los efectos legales en Av. Brasil Nº 2860 Bis;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Inspección General del Municipio G, intimó al titular de obrados, a realizar los trabajos necesarios para la limpieza del terreno antes mencionado, otorgándole los plazos correspondientes bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicará una multa de U.R. 37 (Unidades Reajustables treinta y siete) en primera reincidencia, por falta de higiene, según lo establece el Decreto 21626 y 34134;
      2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita aplicar la multa antes mencionada;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resolución Nº 3230/15 de 08/07/2015;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO G
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 37 (Unidades Reajustables treinta y siete) por la falta de higiene en el padrón Nº 17495 sito Cno. Gral. Máximo Santos Nº 5481, a Adminstración KINERET S.R.L R.U.T 216631630014, con domicilio a los efectos legales, en Av. Brasil 2860 Bis, por los motivos mencionados en la parte expositiva de la presente resolución.
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes- Multas y pase por su orden al Despacho de este Municipio para notificación correspondiente y al Centro Cívico Metropolitano - Inspección General para su posterior control.-
Gastón Silva, Alcalde .-

Bolivar Dutra,Concejal