Resolución N° 40/21/0116
Nro de Expediente:
2020-3290-98-000322
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/3/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 5 U.R a la empresa Afker Traiding, propietaria del establecimiento destinado a tienda de mascotas, sito en la Av. Gral. Rivera Nº 6694, por falta de habilitaciones municipales vigentes (Habilitación Comercial y Declaración Jurada de Residuos).

Montevideo, 17 de Marzo de 2021.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a tienda de mascotas, sito en la Avda. Gral. Rivera Nº 6694, propiedad de la empresa Afker Traiding, R.U.T. 217463130017;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones municipales correspondientes vigentes (Habilitación Comercial y Declaración Jurada de Residuos), por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 5 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) a la empresa Afker Traiding, R.U.T. 217463130017, propietaria del establecimiento destinado a tienda de mascotas, sito en la Avda. Gral. Rivera Nº 6694, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL