Resolución N° 3/13/0116
Nro de Expediente:
3270-007205-10 3270-009930-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/1/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.8940 al local destinado a puesto de frutas, ubicado en Camino Carrasco N° 4692, Local 19, perteneciente a la empresa unipersonal Luis Gelvez García, 2° Reincidencia.-

Montevideo, 10 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, relacionadas con el establecimiento destinado a puesto de frutas, sito en Camino Carrasco Nº 4692, Local 19, perteneciente a la empresa unipersonal Luis Gelvez García, R.U.T. 216388330014, C.I. 3.733.370-7, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 193/11/0116 de fecha 02/VI/11 y 102/12/0116 de fecha 31/V/12), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos- 2ª Reincidencia);
        2o) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.8940 a la empresa titular de obrados, por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de las multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) a la empresa unipersonal Luis Gelvez García, R.U.T. 216388330014, C.I. 3.733.370-7, destinada a puesto de frutas, sito en Camino Carrasco No. 4692, Local 19, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA .-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)