Resolución N° 116/24/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000125
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/7/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 37 U.R. a la empresa Darkinel S.A., propietaria del establecimiento destinado a automotora, sito en la Avda. Italia Nº 4138, por falta de habilitación municipal (Locales Comerciales e Industriales) 1ra. Reincidencia.-

Montevideo, 3 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a automotora, venta de repuestos y taller, sito en la Avda. Italia Nos. 4138 y 4150 y Samuel Blixen Nº 4267 bis, propiedad de la empresa Darkinel S.A., RUT 214663430014;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación municipal (Locales Comerciales e Industriales) 1ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 37 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIII, Arts. 14º y 22º;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 37 U.R. (treinta y siete unidades reajustables) a la empresa Darkinel S.A., RUT 214663430014, propietaria del establecimiento comercial destinado a automotora, venta de repuestos y taller, sito en la Avda. Italia Nos 4138 y 4150 y Samuel Blixen Nº 4267 bis, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL