Resolución N° 42/17/0116
Nro de Expediente:
2016-0450-98-000012
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/3/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar multa de U.R 37 en caracter de tercer reincidencia al establecimiento destinado a estacionamiento sito en Avda. Italia Nº 4398 propiedad de la Empresa Unipersonal Gerardo Pascaretta, C.I. 1.379.332-7, R.U.T 210797850017

Montevideo, 3 de Marzo de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a estacionamiento, sito en la Avda. Italia Nº 4398, propiedad de la Empresa Unipersonal Gerardo Pascaretta., C.I 1.379.332-7, RUT: 210797850017, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitacion Municipal (Locales Comerciales e Industriales) - Tercera Reincidencia;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.37, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Sec.XIII, Art.14 y Art. 22, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO E
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 37 (Unidades Reajustables treinta y siete) a la Empresa Unipersonal Gerardo Pascaretta., C.I 1.379.332-7, R.U.T. 210797850017, propietario del establecimiento destinado a estacionamiento, sito en la Avda. Italia Nº 4398, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL