Resolución N° 381/11/0116
Nro de Expediente:
3270-005714-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/12/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4.9470 al local destinado a la compra y venta de artículos usados, ubicada en la calle Comercio N° 2208, perteneciente a la empresa unipersonal Daian Elizabeth Lagarreta Silva.-

Montevideo, 15 de Diciembre de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a la compra y venta de artículos usados, sito en la calle Comercio No. 2208, propiedad de la empresa unipersonal Daian Elizabeth Lagarreta Silva, C.I. 4.153.491-7, R.U.T. 216524330017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, se pudo comprobar que carecía de la Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4.9470 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las



        competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientas setenta diezmilésimas) a la empresa unipersonal Daian Elizabeth Lagarreta Silva, C.I. 4.153.491-7, R.U.T. 216524330017, con domicilio a los efectos legales en la calle Comercio No. 2208, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL