Resolución N° 235/18/0116
Nro de Expediente:
2016-1237-98-000079
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/10/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 10 al local destinado a servicio técnico informático, ubicado en la Avda. Mcal. Francisco Solano López Nº 1420, propiedad de la firma PCC.MSS S.R.L., por falta de habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas.-

Montevideo, 10 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a servicio técnico informático, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López Nº 1420, propiedad de la firma PCC.MSS S.R.L., R.U.T. 216564630011;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el D.21626, Sección XIII, Art. 14;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la firma PCC.MSS S.R.L., R.U.T. 216564630011, propietaria del establecimiento destinado a servicio técnico informático, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López Nº 1420, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

ELSA DÍAZ,CONCEJAL