Resolución N° 253/16/0116
Nro de Expediente:
2016-1234-98-000033
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/10/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa de U.R 30 (primera reincidencia) por vertimiento de aguas hacia la vía pública, a la Administración Nacional de Educación Pública sita en la Avda. del Libertador Brigadier General Juan Antonio Lavalleja Nº 1409, propietaria de la Colonia Escolar Nº 261 sita en la Rbla República de Chile Nº 4519

Montevideo, 13 de Octubre de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la Colonia Escolar Nº 261, sito en la Rambla República de Chile Nº 4519, propiedad de la Administración Nacional de Educación Pública, con domicilio a los efectos legales en la Avda. del Libertador Brigadier General Juan Antonio Lavalleja Nº 1409;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 7, informó que se continuo con el vertimiento de aguas hacia la vía pública, provenientes de la mencionada Colonia Escolar - 1ª Reincidencia;
        2o.) que se solicita la aplicación de una multa de U.R. 30 (primera reincidencia) a la Administración Nacional de Educación Pública, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) a la Administración Nacional de Educación Pública, propietaria de la Colonia Escolar Nº 261, sita en la Rambla República de Chile Nº 4519, con domicilio a los efectos legales en la Avda. del Libertador Brigadier General Juan Antonio Lavalleja Nº 1409, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº7 pase -por su orden- a Secretaría General fin de librar la notificación correspondiente.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL