Resolución N° 26/24/0116
Nro de Expediente:
2016-1229-98-000001
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/2/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. a los co-propietarios del Padrón 426.433, Complejo Euskalerría 70, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 2031, Pasaje Vecinal 4487 F, Torre 15, por falta de reparaciones en la instalación sanitaria de bajada común que afectan la habitabilidad de la Unidad 203 de dicha torre.

Montevideo, 7 de Febrero de 2024.-
 
        VISTO: los problemas de filtración de agua que afectan la habitabilidad de la unidad 203, de la Torre 15, Pasaje Vecinal Nº 4487 F, Padrón 426.433, Complejo Euskalerría 70, sito en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 2031, provenientes de la instalación sanitaria de bajada común;
        RESULTANDO: 1º) que luego de realizada la inspección correspondiente, se intimó a los co-propietarios a realizar las reparaciones necesarias en la instalación sanitaria de bajada común;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626, Sección II, Art. 3º, Nral 12, Inc. A;
        3º) que dicha multa se repartirá entre todos los co.propietarios (a la Agencia Nacional de Vivienda le corresponde el 60% del valor de la multa ya que la misma es propietaria de las Unidades 103, 303, 403, 703, 903 y 1003 y el restante 40% deberá repartirse entre los propietarios de las Unidades 203, 503, 603 y 803, a razón de 10% cada uno);
        4º) se otorgó vista de la multa a aplicarse y los descargos presentados no fueron de recibo;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a los co-propietarios y a la Agencia Nacional de Vivienda, por falta de reparaciones en la instalación sanitaria de bajada común que afectan la habitabilidad de la Unidad 203, de la Torre 15, Pasaje Vecinal Nº 4487 F, Padrón 426.433, Complejo Euskalerría 70, sito en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 2031. Se detallan los copropietarios de dicho padrón por unidad:
        Unidades 103, 303, 403, 703, 903 y 1003: Agencia Nacional de Vivienda, R.U.T 215913350010, con domicilio legal en la calle Cerrito 400.
        Unidad 203: María Carmen Turnez Pontolillo, C.I No. 1.118.673-6, con domicilio en Complejo Euskalerria CH 70, Block M 15/203.
        Unidad 503: María Carmen Beres Souto, C.I No. 1.664.722-2, con domicilio en Euskalerria 4487/F/503 Block M y Dider Bernardoni Muller, C.I No. 3.153.036-1, con igual domicilio.
        Unidad 603: María Delia Perosio Mendoza, C.I No. 1.112.447-3, con domicilio en Euskalerria, Torre 15, Unidad 603.
        Unidad 803: Adriana Beatriz Ramilo Violante, C.I Nos. 1.434.915-3, con domicilio en Euskalerría CH 70, Torre 14/204.
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Departamento de Secretaría General para notificar a la Agencia Nacional de Viviendas, cumplido, pase al Despacho para notificar a los infractores y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
IGNACIO UBILLA,ALCALDE (I).-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL