Resolución N° 49/17/0116
Nro de Expediente:
2016-1237-98-000039
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/3/2017


Tema:
DEJAR SIN EFECTO MULTA

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución Nº 303/16/0116 del 17XII/16 por la que se aplica una multa de 5 U.R. a la empresa unipersonal Laura Gabriela De Pro Rey, propietaria del establecimiento destinado a la venta de empanadas horneadas, sito en el Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 1500.

Montevideo, 16 de Marzo de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a la venta de empanadas horneadas, sito en el Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 1500, propiedad de la empresa unipersonal Laura Gabriela De Pro Rey, C.I. Nº 1.772.654-8, RUT 216888320018;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 303/16/0116 del 1/XII/16 se aplicó una multa de 5 U.R. por no contar con la habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas;
        2º) que el 8/XII/16 la infractora interpone recursos de reposición y apelación en subsidio contra el citado acto administrativo;
        3º) que el Abogado Asesor del Municipio E informa que: a) desde el punto de vista formal los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma; b) desde el aspecto sustancial se entiende que le asiste razón a la impugnante, que pese a presentarse en una oportunidad fuera del plazo, acredita el inicio del trámite el 16/III/16 por lo que cumplió con lo intimado y demostró ánimo de regularizar la situación y c) sugiere revocar la Resolución Nº 303/16/0116, haciendo lugar al recurso interpuesto;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 303/16/0116 del 1/XII/16, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificación correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE (I).-

SUSANA CAMARÁN,CONCEJAL