Resolución N° 290/16/0116
Nro de Expediente:
2016-3290-98-000124
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/11/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar multa de U.R 18 por no falta de autorización de colocación de mesas y sillas en la vía pública, Av. Bolivia Nº 1398, empresa unipersonal Beatriz Leiza Cassarino, C.I. 1.530.764-3, R.U.T. 217363980013

Montevideo, 16 de Noviembre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de comidas al paso, sito en la Avda. Bolivia Nº 1398, perteneciente a la empresa unipersonal Beatriz Leiza Cassarino, C.I. 1.530.764-3, R.U.T. 217363980013 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en relevamiento realizado por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, se pudo comprobar que no se dio cumplimiento al retiro de mesas y sillas, ni se realizaron las modificaciones necesarias constatadas por el Arquitecto Asesor, por lo expuesto no se aprueba la Habilitación Comercial;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 18 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21626, Sec. XIII, Art. 14, Inc A. del Digesto Departamental;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 18 (Unidades Reajustables dieciocho) a la empresa unipersonal Beatriz Leiza Cassarino, C.I. 1.530.764-3, R.U.T. 217363980013, responsable del establecimiento destinado a venta de comidas al paso, sito en la Avda. Bolivia Nº 1398, con igual domicilio a los efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 a efectos de notificar a la empresa infractora.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL