Resolución N° 236/18/0116
Nro de Expediente:
2017-9660-98-000071
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/10/2018


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 20 al Sr. José Baltazar Díaz Bandera, C.I. 4.233.016-2 y a la Sra. María Leticia Arredondo Larrosa, C.I. 4.609.091-4, propietario del padrón Nº 67461, ubicado en la calle Pablo Páez Nº 3692, por no haber realizado las reparaciones necesarias en el sector de la azotea de su propiedad y en el pretil lindero al padrón Nº 67462 a los efectos de impedir las filtraciones de agua hacia dicho padrón.-

Montevideo, 10 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Pablo Páez Nº 3692, propiedad del Sr. José Baltazar Díaz Bandera y la Sra. María Leticia Arredondo Larrosa, C.I. Nos. 4.233.016-2 y 4.609.091-4 respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 solicitó y dio plazo para realizar las reparaciones necesarias en el sector de la azotea de su propiedad y en el pretil lindero al Padrón Nº 67.462 a los efectos de impedir la filtración de agua que provoca perjuicio en la unidad de dicho Padrón;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Art. 30, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21626;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables ) al Sr. José Baltazar Díaz Bandera y la Sra. María Leticia Arredondo Larrosa, C.I. Nos. 4.233.016-2 y 4.609.091-4 respectivamente, propietarios del inmueble sito en la calle Pablo Páez Nº 3692, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase al Sector Despacho de este Municipio a fin de notificar a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

ELSA DÍAZ,CONCEJAL