Resolución N° 48/13/0116
Nro de Expediente:
3270-010826-10 0016-001271-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/3/2013


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 18.3705 por no tener la habilitación de marquesina correspondiente, 2° Reincidencia.-

Montevideo, 21 de Marzo de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la marquesina colocada en el establecimiento sito en Avda. Italia No. 3383/3385, de la cual es responsable la firma Sealy Uruguay, R.U.T. 215180350014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 informa que pese al tiempo transcurrido y a los plazos concedidos y habiéndose constatado que se encuentra en infracción, por no tener la Habilitación de la Marquesina, se aconseja aplicar una multa por 2° Reincidencia (Resoluciones Nos. 212/11/0116 de fecha 17/VI/11 y 7/12/0116 de fecha 13/I/12), por infracción a lo establecido en la Sección II, Artículo 3o., Numeral 16 del Decreto No. 21.626 de fecha 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en Unidades Reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 18,3705 (Unidades Reajustables dieciocho con tres mil setecientas cinco diezmilésimas) a la firma SEALY URUGUAY, R.U.T. 21580350014, responsable de la marquesina instalada en el establecimiento sito en Avda. Italia Nro. 3383/3385, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL