Resolución N° 242/18/0116
Nro de Expediente:
2016-1234-98-000008
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2018


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Se aplica una multa de 12 U.R. a la empresa unipersonal Gustavo Damonte, propietaria del establecimiento destinado a minimarket sito en la calle Dalmiro Costa Nº 4354, por no contar con permiso de saliente desmontable - 1ra. Reincidencia.

Montevideo, 24 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a minimarket, sito en la calle Dalmiro Costa Nº 4354, propiedad de la empresa unipersonal Gustavo Damonte, C.I. Nº 3.891.121-7, RUT 217290630018;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se contató que no cuenta con el permiso para la instalación de saliente desmontable;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 12 U.R., en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 16, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 12 U.R. (doce unidades reajustables) a la empresa unipersonal Gustavo Damonte, C.I. Nº 3.891.121-7, RUT 217290630018, propietaria del establecimiento destinado a minimarket, sito en la calle Dalmiro Costa Nº 4354, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL