Resolución N° 56/22/0116
Nro de Expediente:
2021-3290-98-000331
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/4/2022


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 15 UR a la empresa Travel Food Ltda., propietaria del establecimiento destinado a elaboración de comidas, sito en la calle Lancasteriana Nº 2368, por carecer de las habilitaciones Municipales.

Montevideo, 8 de Abril de 2022.-
 
        VISTO: estos obrados relacionadas con establecimiento destinado a elaboración de comidas, sito en la calle Lancasteriana Nº 2368, propiedad de la empresa Travel Food Ltda., RUT 213677810010;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación del Servicio de Evaluación de Calidad y Control Ambiental, por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º, inc. a, numeral 1, Secc. XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a la empresa Travel Food Ltda., RUT 213677810010, propietaria del establecimiento destinado a elaboración de comidas, sito en la calle Lancasteriana Nº 2368, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º. - Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8
IGNACIO UBILLA,ALCALDE (I).-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL