Resolución N° 256/16/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000123
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/10/2016


Tema:
MODIFICACION DE RESOLUCION

Resumen:
Se modifica la Resolución No. 136/16/0116 de fecha 08/07/16, relacionada con la donación modal dispuesta a favor de la Asociación Civil Acción Promocional 18 de Julio, para la limpieza y reparación de bocas de tormenta en el territorio del Municipio E.

Montevideo, 13 de Octubre de 2016.-
 
      VISTO: que se hace necesario modificar la Resolución No. 136/16/0116, de 8/VII/16, por la que se dispuso aprobar el texto de un contrato de donación modal a favor de la Asociación Civil Acción Promocional 18 de Julio para la limpieza y reparación de bocas de tormenta en el territorio del Municipio E;
      RESULTANDO: 1o.) que se padeció error al establecer el monto total del contrato y se debe corregir el Consejo de Salarios por el cual se ajustarán los incrementos salariales que corresponda;
      2o.) que asimismo se entiende conveniente corregir la fecha de inicio de las labores referidas, en atención a que comenzaron a realizarse el 1º de julio de 2016;
      CONSIDERANDO: que corresponde el dictado de resolución que modifique dicho acto administrativo en el sentido indicado;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL E
      RESUELVE:
      1o.- Modificar las cláusulas SEGUNDO: Objeto: y CUARTO: Aceptación y Plazo: del contrato de donación modal dispuesto por Resolución No. 136/16/0116, de 8/07/16, a favor de la Asociación Civil Acción Promocional 18 de Julio, que quedarán redactadas de la siguiente forma: "SEGUNDO: Objeto.- El Municipio dona a la Asociación, la suma de pesos uruguayos $ 5:098.549,oo (pesos uruguayos cinco millones noventa y ocho mil quinientos cuarenta y nueve), que se entregarán de la siguiente forma: 1) una partida de $ 1:699.516,33 (pesos uruguayos un millón seiscientos noventa y nueve mil quinientos dieciséis con 33/100) a la firma del presente, para cubrir los primeros cuatro meses del contrato; 2) una partida de $ 1:699.516,33 (pesos uruguayos un millón seiscientos noventa y nueve mil quinientos dieciséis con 33/100) para cubrir los segundos cuatro meses del contrato; 3) una partida de $ 1:274.637,25 (pesos uruguayos doscientos setenta y cuatro mil seiscientos treinta y siete con 25/100) para cubrir los tres meses siguientes de contrato; y 4) una partida de $ 424.879,83 (pesos uruguayos cuatrocientos veinticuatro mil ochocientos setenta y nueve con 83/100) para cubrir el último mes del contrato, que se hará efectiva una vez finalizado el plazo del mismo y de acuerdo a la ejecución presupuestal presentada según la rendición de cuentas. Las retribuciones salariales de todos los trabajadores serán ajustadas de conformidad a los Consejos de Salarios Grupo 16, Sub-grupo 07. La suma total del convenio podrá ser ampliada hasta un 10% por concepto de imprevistos" y "CUARTO: Aceptación y Plazo.- La Asociación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 1º de julio de 2016 y por el término de un año, pudiendo eventualmente ser renovado por única vez por un plazo equivalente, si mediare evaluación previa favorable del Gobierno Municipal y de la Comisión de Seguimiento del Convenio. En el caso eventual de renovación del presente convenio y de acuerdo al encuadre de este tipo de convenios y a la política actual de darle oportunidades a la mayor cantidad de población objetivo, los participantes no podrán permanecer por mas de un año en el cumplimiento de los trabajos asumidos por el presente convenio, ni participar en futuros convenios educativos laborales realizados por la IdeM y/o el Municipio.-"; manteniendo incambiados sus restantes términos.-
      2o.-Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nos. 6, 7 y 8 y pase -por su orden- a la Contaduría General y al Sector Convenio del Municipio E para su instrumentación.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL

MARTHA GUTIERREZ,CONCEJAL