Resolución N° 256/19/0116
Nro de Expediente:
2019-9660-98-000008
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/11/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. a la Agencia Nacional de Vivienda, por no realizar las reparaciones correspondientes al aparatmento 1 del Complejo CH 71, ubicado en Mallorca Nº 4501 C, Block U, Padrón 426.470.

Montevideo, 21 de Noviembre de 2019.-
 
        VISTO: las afecciones de humedades que perjudican a la unidad 001, del Complejo CH 71, ubicado en la calle Mallorca Nº 4501 C, Block U 24, Padrón Nº 426.470, propiedad de la Agencia Nacional de Vivienda;
        RESULTANDO: 1º) que luego de realizada la inspección, se solicitó que realizaran reparación en la instalación sanitaria de la unidad 102 en los plazos correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 12, inciso A, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a la Agencia Nacional de Vivienda, propietaria de la unidad 102, del Complejo CH 71, ubicado en la calle Mallorca Nº 4501 C, Block U 24, Padrón Nº 426.470, con domicilio en la calle Cerrito Nº 400 a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Departamento de Secretaría General para notificar a la infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL