Resolución N° 58/17/0116
Nro de Expediente:
2016-3280-98-000087
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/3/2017


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica multa de 20 U.R. a la empresa unipersonal Gustavo Damonte, propietaria del establecimiento destinado a minimercado, sito en la calle Damiro Costa Nº 4354, por carecer de la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliarios

Montevideo, 16 de Marzo de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a minimercado, sito en la calle Dalmiro Costa Nº 4354, propiedad de la empresa unipersonal Gustavo Damonte, C.I. Nº 3.891.121-7, RUT 217290630018;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 7 se pudo comprobar que carecía de la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliariois, intimándosele a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 20 U.R. en aplicación a lo dispuesto en el Volumen VI, Título IV, Capítulo I, Sección IV, Art. D.1920.1 del Digesto;
        3º) que habiéndose otorgado vista de la multa a aplicarse, no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a la empresa unipersonal Gustavo Damonte, C.I. Nº 3.891.121-7, RUT 217290630018, propietaria del establecimiento destinado a minimercado, sito en la calle Dalmiro Costa Nº 4354 con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE (I).-

SUSANA CAMARÁN,CONCEJAL