Resolución N° 234/16/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000137
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/9/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar multa de U.R 12 en carácter de tercera reincidencia al establecimiento destinado a bar sito en la calle Verdi Nº 4521 Bis, propiedad de la empresa unipersonal Javier Sánchez, C.I. 1.510.275-2, R.U.T. 215440990018.

Montevideo, 23 de Setiembre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes las actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a bar, sito en la calle Verdi Nº 4521 Bis, propiedad de la empresa unipersonal Javier Sánchez, C.I. 1.510.275-2, R.U.T. 215440990018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No.7 se comprobó que el establecimiento carece de habilitación municipales (Locales Comerciales e Industriales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) - 3ª Reincidencia, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 12, en carácter de tercera reincidencia a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en los Artículos Nos. 14 y 22, Sección XIII, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        3o.) que se aplicó multas anteriormente por Resoluciones dictadas por este Gobierno Municipal Nos: 227/15/0116 del 17/IX/15, 9/16/0116 del 28/I/16 y 113/16/0116 del 10/VI/16;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 12 (unidades reajustables doce) a la empresa unipersonal Javier Sánchez, C.I.1.510.275-2, R.U.T. 215440990018, titular del establecimiento destinado a bar, sito en la calle Verdi Nº 4521 Bis, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL