Resolución N° 257/18/0116
Nro de Expediente:
2018-3290-98-000233
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/11/2018


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Se aplican dos multas de 2 U.R. y 4 U.R. al Sr. Fabrizio Beltramini, por falta de limpieza y cerco perimetral respectivamente, en el predio de su propiedad, padrón Nº 65371, sito en la calle Dr. Alejandro Gallinal Nº 2308.

Montevideo, 14 de Noviembre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 65371, ubicado en la calle Dr. Alejandro Gallinal Nº 2308, propiedad del Sr. Fabrizio Beltramini, C.I. No. 1.936.199;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho predio se encuentra en muy malas condiciones de higiene y no cuenta con el cerco perimetral reglamentario, por lo que se intimó su regularización;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar dos multas de 2 U.R. y 4 U.R. en virtud de lo dispuesto por la Sección III, literal B, numeral 1 y Art. 3º numeral 6, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 respectivamente;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar dos multas de 2 U.R. (dos unidades reajustables) y 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) al Sr. Fabrizio Beltramini, C.I. No. 1.936.199, propietariodel predio empadronado con el Nº 65371, ubicado en la calle Dr. Alejandro Gallinal Nº 2308, por falta de higiene y cerco perimetral, con domicilio en la calle Tres Cerros Nº 1868, a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL