Resolución N° 199/24/0116
Nro de Expediente:
2016-9674-98-000033
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/10/2024


Tema:
MODIFICACION DE RESOLUCION

Resumen:
Se modifica la Resolución Nº 123/24/0116 del 10/VII/22 por la que se aplica una multa de U.R. 45 U.R. a la empresa Henderson y Cia, propietaria de la Tienda Inglesa ubicada en la Av. Italia Nº 5820, por falta de habilitaciones municipales, 3ra. Reincidencia.

Montevideo, 2 de Octubre de 2024.-
 
        VISTO:estos obrados relacionados con el local comercial Tienda Inglesa, ubicado en la Avda. Italia Nº 5820, propiedad de la empresa Henderson y Cia., RUT 210 094 030 014;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 123/24/0116 del 10/VII/2024 se aplicó una multa de 45 U.R. por no contar con habilitación comercial, ni Plan de Gestión de Residuos, 4ta. Reincidencia;
        2º) que se padeció un error en la descripción de la multa a aplicar, siendo lo correcto decir que la multa es solamente por falta de habilitación comercial, por lo que correspondería modificar el citado acto administrativo.
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Se modifica la Resolución Nº 123/24/0116 del 10/VII/2024, estableciendo que se aplica una multa de 45 U.R. (cuarenta y cinco unidades reajustables) a la empresa Henderson y Cia., RUT 210 094 030 014, propietaria del local comercial Tienda Inglesa, ubicado en la Avda. Italia Nº 5820, con igual domicilio a los efectos legales, por falta de habilitación comercial.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL