Resolución N° 171/24/0116
Nro de Expediente:
2017-3290-98-000198
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/8/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 38 U.R. a la Opunel S.A (Better Life), propietaria del establecimiento destinado a tintorería, sito en la Avda. Arocena Nº 1987, por falta de habilitaciones municipales vigentes, 4ta. Reincidencia

Montevideo, 28 de Agosto de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a Tintorería, sito en la Avda. Alfredo Arocena Nº 1987, propiedad de la empresa Opunel S.A (Better Life), RUT 214697910019;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación municipal vigente (habilitación Comercial) 4ta. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 38 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto 21626, Secc XIII, Arts .14º y 22º, Inciso A, Numeral 1, por falta de Habilitación Municipal y Reincidencia;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 38 U.R. (treinta y ocho unidades reajustables) a la empresa Opunel S.A (Better Life), RUT 214697910019, propietaria del establecimiento destinado a Tintorería, sito en la Avda. Alfredo Arocena Nº 1987, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL