Resolución N° 247/16/0116
Nro de Expediente:
2016-0450-98-000026
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/10/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 5 U.R a los señores Estela Beatriz Vidal y Carlos O. Pírez, C.I. Nos. 1.832.541-2 y 2.903.746-6, respectivamente, propietarios del inmueble ubicado en la calle Cardal No. 3167, por la construcción de cantero alrededor de ejemplar del ornato público.-

Montevideo, 13 de Octubre de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el cantero construido alrededor del ejemplar del ornato público ubicado frente al No. 3167 de la calle Cardal, propiedad de los señores Estela Beatriz Vidal y Carlos O. Pírez, C.I. Nos. 1.832.541-2 y 2.903.746-6, respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el área técnica del Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 informa que dicho cantero fue construido en forma antirreglamentaria, por lo que se intimó su retiro, bajo apercibimiento de la aplicación de una multa de 5 U.R.;
        2o.) que se otorgó vista a la interesada sin que hubiera formulado descargos y de la inspección realizada el 11/02/16 surge que la situación permanece incambiada;
        3o.) que habiéndose comprobado el incumplimiento de lo intimado corresponde hacer efectivo el apercibimiento realizado;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;



        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de 5 U.R (cinco unidades reajustables) a los señores Estela Beatriz Vidal y Carlos O. Pírez, C.I. Nos. 1.832.541-2 y 2.903.746-6, respectivamente, propietarios del inmueble ubicado en la calle Cardal No. 3167, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL