Resolución N° 329/11/0116
Nro de Expediente:
3270-002249-10 1001-008631-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/10/2011


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 29.6820 a la Agencia Ncaional de Viviendas, propietaria de la finca ubicada en el Pasaje Vecinal N° 4505 A, Torre 23, Apto. 202, Padrón N° 410729.-

Montevideo, 21 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en el Pasaje Vecinal N° 4505 A, Torre 23, Apto. 202, Padrón N° 410729 (Complejo Habitacional Euskal Erría 70), propiedad de la Agencia Nacional de Viviendas, con domicilio a los efectos legales en la calle Cerrito No. 400;
        RESULTANDO: 1o.) que esta Comuna solicitó a la mencionada Institución Pública solucionar las humedades y filtraciones constatadas, y a presentar pruebas hidráulicas y manométricas de la instalación sanitaria, certificada por técnico competente en un plazo de 20 días, que afectan las condiciones de habitabilidad de la Unidad 102 del mencionado Complejo Habitacional, propiedad de esa Agencia;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de U.R. 29.6820, según lo que establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A) del Decreto No. 21626;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 29.6820 (Unidades Reajustables veintinueve con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) a la Agencia Nacional de Viviendas, con domicilio a los efectos legales en la calle Cerrito No. 400, propietaria de la finca ubicada en el Pasaje Vecinal N° 4505 A, Torre 23, Apto. 202 (Complejo Habitacional Euskal Erría 70) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- a la Secretaría General para cursar la notificación a la infractora, cumplido, vuelva a este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)