Resolución N° 98/21/0116
Nro de Expediente:
2021-3280-98-000151
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/6/2021


Tema:
AUTORIZACIÓN DE MESAS Y SILLAS

Resumen:
Autorizar con carácter precario y revocable, a aa empresa Dorinos S.A, propietaria del local destinado a restaurante, sito en la Avda. Enrique Legrand Nº 5161, a ampliar el área autorizada con entarimado de 12,25 m2.-

Montevideo, 30 de Junio de 2021.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la Resolución No. 179/18/0116 del 8/VIII/18 por la que se autorizó a la firma Dorinos S.A., RUT 217905770010, propietaria del local gastronómico ubicado en la Avda. Enrique Legrand Nº 5161, a instalar mesas y sillas en la acera con y sin entarimado;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución No. 179/18/0116 del 8/VIII/18 (EE 2017-3280-98-000610) se autorizó a la firma Dorinos S.A., RUT 217905770010, propietaria del local gastronómico ubicado en la Avda. Enrique Legrand Nº 5161, a instalar mesas y sillas en la acera con entarimado (12,25 m2) y en acera sin entarimado (61,30 m2);
        2º) que la propietaria presenta una propuesta en la que solicita la ampliación del área de ocupación con mesas y sillas en vereda sin entarimado, llevándola a 86,30 m2, manteniendo incambiada el área con entarimado de 12,25 m2;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 se manifiesta de conformidad, por lo que correspondería proceder al dictado de resolución autorizando lo solicitado;
        4º) que solicita además se dispongan diversas exoneraciones de pago por la instalación de los entarimados que deberán ser resueltas por la autoridad departamental competente;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Autorizar, con carácter precario y revocable, a Dorinos S.A., RUT 217905770010, propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en la Avda. Enrique Legrand Nº 5161, con igual domicilio a los efectos legales, a ampliar el área de ocupación con mesas y sillas, autorizada por Resolución No. 179/18/0116 del 8/VIII/18, llevándola a 86,30 m2, manteniendo incambiada el área autorizada con entarimado de 12,25 m2.-
        2º.- Establecer que las exoneraciones solicitadas deberán ser dispuestas por la autoridad departamental competente.
        3º.- Comuníquese a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 para la notificación correspondiente y pase -a sus efectos- al Departamento de Recursos Financieros.-
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJALA