Resolución N° 37/11/0116
Nro de Expediente:
3270-012684-09
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/2/2011


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 29.6820 al Banco Hipotecario del Uruguay, titular del Complejo CH 71 sito en la calle Emilio Castelar, Pasaje Vecinal N° 4440 A, Torre C, Apto. 603.-

Montevideo, 10 de Febrero de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Emilio Castelar, Pasaje Vecinal Nº 4440 A, Torre C, Apto. 603, Complejo Euskalerría CH 71, propiedad del Banco Hipotecario del Uruguay, con domicilio a los efectos legales en Avda. Daniel Fernández Crespo No. 1508;
        RESULTANDO: 1o.) que esta Comuna solicitó a la mencionada Institución Pública solucionar las anomalías constatadas en la finca propiedad de ese Banco, con presencia de humedad en la red de abastecimiento de agua potable de todo el edificio
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de U.R. 29.6820, según lo que establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A) del Decreto No. 21626;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 29.6820 (Unidades Reajustables veintinueve con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) al Banco Hipotecario del Uruguay, con domicilio a los efectos legales en Avda. Daniel Fernández Crespo No. 1508, propietario de la finca sita en la calle Emilio Castelar, Pasaje Vecinal Nº 4440 A, Torre C, Apto. 603, Complejo Euskalerría CH 71, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- a la Secretaría General para cursar la notificación al infractor, cumplido, vuelva a este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARCELO CAPORALE,CONCEJAL