Resolución N° 35/14/0116
Nro de Expediente:
3290-002794-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/3/2014


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 por falta de cerco reglamentario e higiene en el terreno ubicado en la calle Alberto Zum Felde N° 2229, propiedad de la firma Dileta S.A.-

Montevideo, 6 de Marzo de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8, relacionadas con el terreno baldío Padrón N° 65225, ubicado frente a la calle Alberto Zum Felde N° 2229, propiedad de la firma Dileta S.A, R.U.T. 211597780011, con igual dirección a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el 13/VIII/13 segun boleta Nº 45117 se intimó a realizar la limpieza del mencionado terreno y a la reparacion del cerco perimetral del mismo;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8, manifiesta que la situación permanece incambiada, por lo que propone la aplicación de una multa de U.R. 30 (por falta del cerco reglamentario y gran acumulacion de escombros, cañas y yuyos), por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Régimen Punitivo Municipal vigente ;
        3o.) que este Municipio se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) a la firma Dileta S.A, R.U.T. 211597780011, propietario del predio Padrón N° 65225, ubicado frente a la calle Alberto Zum Felde N° 2229, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)