Resolución N° 395/11/0116
Nro de Expediente:
3270-013431-09 3270-002338-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/12/2011


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa U.R. 20 a la Sra. Silvia Canrera, C.I. 1.504.493-2, propietaria de la finca ubicada en la calle Magariños Cervantes y Cardal, Padrón N° 33539, por no reparación de vereda (1° Reincedencia).-

Montevideo, 29 de Diciembre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado frente a la finca sita en las calles Magariños Cervantes y Cardal, Padrón No. 33539, de la cual es propietaria la Sra. Silvia Cabrera, C.I. 1.504.493-2, con domicilio a los efectos legales en la Rambla Costanera Manzana 1, Solar 24, Lagomar, Canelones;
        RESULTANDO: 1o.) que según Res. N° 85/11/0116 de fecha 17/III/11 se multó a la titular de obrados a la reparación de la vereda de que se trata;
        2o.) que en inspección profesional se constató que pese a la multa aplicada los trabajos solicitados no se habían realizado, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte), según Volumen VII, Capítulo I, Artículo D 2213 inc. d), 1° Reincedencia;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a la Sra. Silvia Cabrera, C.I. 1.504.493-2, responsable de la vereda frente a la finca de su propiedad sita en las calles Magariños Cervantes y Cardal, Padrón No. 33539, domiciliada a los efectos legales en la Rambla Costanera Manzana 1, Solar 24, Lagomar, Canelones, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL