Resolución N° 273/18/0116
Nro de Expediente:
2016-0450-98-000034
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/12/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica multa de 23 UR a la empresa Welaman S.A., propietaria del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Aizpurúa No. 2080, por carecer de habilitaciones de Locales Comerciales e Industriales.-

Montevideo, 5 de Diciembre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Aizpurúa No. 2080, perteneciente a la firma Welaman S.A., R.U.T. 215488460019;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación de Locales Comerciales e Industriales, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 23 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y los descargos presentados no fueron de recibo;
        CONSIDERANDO: 1º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        2o) que las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 23 (unidades reajustables veintitres) a la firma Welaman S.A., R.U.T. 215.488.460.019, responsable del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Aizpurúa No. 2080, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL