Resolución N° 26/15/0116
Nro de Expediente:
3270-002765-14 3270-010148-14
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/2/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 a la empresa unipersonal Roberto Rama, propietario del salón ubicado en Camino Carrasco N° 4896 Bis, por ocupación de la vereda con mercaderías en exhibición.-

Montevideo, 19 de Febrero de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de vereda con mercaderías en exhibición del salón ubicado en Camino Carrasco Nº 4896 Bis, perteneciente a la empresa unipersonal Roberto Rama Beltrán, C.I. 1.300.531-8, R.U.T. 217290050011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 21/XI/2014 se notificó al Sr. Roberto Rama que se le concedían 10 días para retirar la mercadería en exhibición.
        2o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 con fecha 17/I/15 se comprobó que no se dio cumplimiento a lo solicitado;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 8 a la empresa titular de obrados, por infracción al Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho) a la empresa unipersonal Roberto Rama Beltrán, C.I. 1.300.531-8, R.U.T. 217290050011, destinada a salón, con domicilio en Camino Carrasco No. 4896 Bis, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA.-

CARLOS SALAVERRY,CONCEJAL (I)