Resolución N° 286/19/0116
Nro de Expediente:
2017-3290-98-000146
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/12/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a Detilson S.A. propietaria del establecimiento destinado a venta de ropa interior, sito en la Avda. Italia Nº 5775 Local 234, por carecer de las habilitaciones municipales correspondientes, 2da. Reincidencia.

Montevideo, 11 de Diciembre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de ropa interior, sito en la Avda. Italia Nº 5775 Local 234, propiedad de la empresa Detilson S.A., RUT 214945790018;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones municipales, 2da. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa Detilson S.A., RUT 214945790018, propietaria del establecimiento destinado a venta de ropa interior, sito en la Avda. Italia Nº 5775 Local 234, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL