Resolución N° 237/14/0116
Nro de Expediente:
3290-002633-14
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/7/2014


Tema:
MULTA - INSPECCIÓN GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa U.R.48 a los Sres. Edward Andrew Más de Ayala, C.I. 135203-8 y Martín Eduardo Yaquinta Higos, C.I. 2.699.974-6, por depositar materiales de construcción en la vía pública frente a la calle Basilea N° 6291.-

Montevideo, 25 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los Sres. Edward Andrew Más de Ayala, C.I. 135203-8 y Martín Eduardo Yaquinta Higos, C.I. 2.699.974-6, administradores de la obra ubicada en Basilea Nº 6291, padrón Nº 133497, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, se pudo comprobar que se depositó materiales de construcción en la vía pública frente a la calle Basilea N° 6291, notificando a la Arq. Alicia Cairoli, C.I. 1.853.196-8, responsable de la obra, a liberar el espacio publico de forma inmediata, se le otorga un plazo de 10 (diez) días para dar vistas de las actuaciones;
        2o.) que no habiendo retirado los materiales de la via publica, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 48 a los Sres. Edward Andrew Más de Ayala, C.I. 135203-8 y Martín Eduardo Yaquinta Higos, C.I. 2.699.974-6, titulares de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 25437, Sec. 2, Art. 3 inc. A, lit. H;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 48 (Unidades Reajustables cuarenta y ocho) a los Sres. Edward Andrew Más de Ayala, C.I. 135203-8 y Martín Eduardo Yaquinta Higos, C.I. 2.699.974-6, con domicilio a los efectos legales en la calle Basilea No. 6291, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARTHA ÁLVAREZ,CONCEJAL (I)