Resolución N° 233/11/0116
Nro de Expediente:
3280-005221-03
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/7/2011


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 24.4877 a la Sra. Adriana Ferrari Sami, C.I. 1.428.220-2, por reincidencia a la no realización del cerco reglamentario.-

Montevideo, 7 de Julio de 2011.-
 
              VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el predio baldío Padrón No. 186.950, sito en la calle Parque Arq. Eugenio P. Baroffio lindero a los Nos. 2130 y 2144, propiedad de la Sra. Adriana Ferrari Sami, C.I. 1.428.220-2, con domicilio a los efectos legales en la calle San Carlos de Bolívar No. 6063;
              RESULTANDO: 1o) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 informa que pese al plazo concedido y a la multa aplicada (Res. N° 1495/03/3000 de fecha 18/12/03) no se procedió a efectuar el cerco reglamentario, por lo que sugiere la aplicación de una multa de U.R. 24.4877 a la titular de obrados por infracción al Decreto No. 4.760 y de acuerdo a lo previsto en el Decreto No. 21626, Secc. II, Art. 3o., numeral 6 del 23/IV/84;
              CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
              2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
              EL GOBIERNO MUNICIPAL E
              RESUELVE
              1.- Aplicar una multa de U.R. 24.4877 (Unidades Reajustables veinticuatro con cuatro mil ochicientas setenta y siete diezmilésimas) a la Sra. Adriana Ferrari Sami, C.I. 1.428.220-2, propietaria del predio baldío, Padrón No. 186.950, sito en la calle Parque Arq. Eugenio P. Baroffio lindero a los Nos. 2130 y 2144, con domicilio a los efectos legales en la calle San Carlos de Bolívar No. 6063, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
              2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
              3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL