Resolución N° 305/18/0116
Nro de Expediente:
2017-3290-98-000543
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/12/2018


Tema:
MULTA DEMOLICION SIN PERMISO

Resumen:
Se aplica una multa de 40 U.R. a , por la demolición realizada sin el correspondiente permiso en el predio Padrón Nº 191.423, sito en la calle Máximo Tajes Nº 7424.

Montevideo, 19 de Diciembre de 2018.-
 
        VISTO: la demolición realizada sin el correspondiente permiso de las obras ubicadas en el predio empadronado con el Nº 191.423, sito en la calle Máximo Tajes Nº 7424, propiedad del Sr. José Grela, C.I Nº 2.575.339;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 entiende que correspondería aplicar una multa de 40 U.R., según lo que establece el literal B, numeral 3º, Art. 12º del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 40 U.R. (cuarenta unidades reajustables) al Sr. José Grela, C.I Nº 2.575.339, por la demolición realizada sin el correspondiente permiso en el predio empadronado con el Nº 191.423 sito en la calle Máximo Tajes Nº 7424 con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL