Resolución N° 51/24/0116
Nro de Expediente:
2018-3270-98-000423
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/3/2024


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Se aplica una multa de 5 U.R. al Sr. Miguel Ángel Pedragosa Romero, propietario del Padrón 66600, sito en la calle Diego Velázquez Nº 2271 bis, por falta de vereda.

Montevideo, 20 de Marzo de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la vereda correspondiente al Padrón Nº 66600, sito en la calle Diego Velázquez Nº 2271 bis, propiedad del Sr. Miguel Ángel Pedragosa Romero, C.I Nº 1.937.470-9;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 se constató la falta de vereda, por lo que se intimó a su realización;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 5 U.R. en virtud de lo dispuesto en el Digesto Departamental, Vol. VII, Parte L, Titulo II, Capítulo 6 del D.2213 inciso a;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) al Sr. Miguel Ángel Pedragosa Romero, C.I Nº 1.937.470-9, propietario del Padrón Nº 66600, ubicado en la calle Diego Velázquez Nº 2271 bis, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N°6.-
IGNACIO UBILLA,ALCALDE (i).-

CRISTINA CAFFERATTA,CONCEJAL