Resolución N° 31/18/0116
Nro de Expediente:
2016-4118-98-000075
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/2/2018


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No se hace lugar al recurso de reposición y apelación interpuesto por la Sra. María José Olaso contra el acto administrativo del 8/II/17, por el que se le intimó el retiro del cerco a sus límites y las construcciones existentes en el inmueble de su propiedad, sito en la calle Gral. French Nº 1754.

Montevideo, 21 de Febrero de 2018.-
 
        VISTO: el inmueble sito en la calle Gral. French Nº 1754, propiedad de la Sra. María José Olaso, C.I. Nº 2.657.798-2;
        RESULTANDO: 1º) que con fecha 8/II/17 se intima a la propietaria al retiro del cerco a sus límites y las construcciones existentes que invaden espacio público;
        2º) que el 26/IX/17 la interesada interpone los recursos administrativos de reposición y apelación contra el citado acto administrativo;
        3º) que el Asesor Letrado de este Municipio informa que: a) no se está ante un acto administrativo que cause lesión a un tercero, sino a que es una intimación que se agota en sí misma; b) desde el punto de vista sustancial no se comparten los fundamentos expuestos, dado que el espacio que invaden las construcciones es público, además de estar proyectándose un colector provisorio que dada la invasión de que se trata no puede llevarse a cabo y 3) por lo expuesto el dictado de resolución sugieriendo no hacer lugar al recurso de revocación interpuesto y la remisión de estas actuaciones a la División Asesoría Jurídica para estudio del recurso de apelación;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su




        modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. María José Olaso, C.I. Nº 2.657.798-2, contra el acto administrativo de fecha 8/II/17, por el que se le intima al retiro del cerco a sus límites y las construcciones existentes que invaden espacio público.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8 y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y a la División Asesoría Jurídica.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL