Resolución N° 110/24/0116
Nro de Expediente:
2017-3290-98-000541
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/7/2024


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Se aplica una multa de 2 U.R y otra de 10 U.R. a la empresa Felegreen S.A, propietaria del predio Padrón Nº 187298, sito en la Av. Saldùn de Rodríguez Nº 2374, por falta de limpieza y cerco perimetral reglamentario, 3ra. Reincidencia.

Montevideo, 3 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 187298, ubicado en la Avda. Saldún de Rodriguez Nº 2374, propiedad de la empresa Felegreen S.A, R.U.T 215 209 590 018;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar dicho predio se encuentra en malas condiciones de limpieza y no cuenta con el cerco perimetral reglamentario, 3ra. Reincidencia, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 2 U.R según Decreto Nº 21.626, Secc. III, Art. 14, Lit. b, Nral. 19 y otra de 10 U.R., en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Art. 3, Nrales. 6 y 7;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 2 U.R (dos unidades reajustables) y otra de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa Felegreen S.A, R.U.T 215 209 590 018, propietaria del predio empadronado con el Nº 187298, ubicado en la Avda. Saldún de Rodriguez Nº 2374, por falta de limpieza y cerco perimetral reglamentario, con domicilio a los efectos legales en la calle 25 de mayo Nº 491 of. 701.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL