Resolución N° 52/11/0116
Nro de Expediente:
3290-000947-05
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/2/2011


Tema:
MULTA RETIRO FRONTAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.8940 al local destibado a ferretería, sito en la calle Bolonia N° 2229, por no acondicionar el retiro frontal.-

Montevideo, 24 de Febrero de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a ferretería, sito en la calle Bolonia No. 2229, propiedad de la firma Kroser S.A., R.U.T. 213372940018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 intimó a la firma titular de obrados en reiteradas oportunidades a presentar el correspondiente permiso de construcción que avale la ocupación del retiro frontal o trámite iniciado para su autorización, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 9,8940, según lo establece la Sección II, Artículo 3, Numeral 8 del Decreto No. 21.626 de fecha 23/IV/84;
        2o.) que pese al tiempo transcurrido y los plazos otorgados no se dio cumplimiento a lo intimado, por lo que se sugiere se aplique la multa de referencia;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 9,8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) a la firma Kroser S.A., R.U.T. 213372940018, propietaria del local destinado a ferretería, sito en la calle Bolonia No. 2229, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL